Uno de los formularios más solicitados y entregados en Estados Unidos, es el Formulario DS-230. Y, es que se debe presentar para poder conseguir el Estatus de Residencia Permanente Condicional, pero se debe destacar que este formulario se presenta en un Consulado o Embajada de EE.UU en el extranjero.
Son los solicitantes de Visa EB-5 quienes deben presentar el Formulario DS-230, aunque este ha tenido un cambio importante en los últimos años, actualmente se le conoce como Formulario DS-260. Si quieres saber más ¡Sigue leyendo!
Tabla de Contenidos
¿Qué es el Formulario DS-230?
Los solicitantes de Visa EB-5 tienen que exponer la solicitud del Formulario DS-230 para obtener su estatus de residencia persistente condicional a lo largo del tercer paso del proceso de Visa EB-5. La DS-230 se muestra tras haber aprobado el USCIS la solicitud I-526 EB-5.
No obstante, el DS-230 es presentado por los inversionistas EB-5 que hacen su proceso en un Consulado o Embajada de USA en el extranjero. El estatus de residencia persistente condicional se concede a inversionistas EB-5 tras haber sido aprobada su solicitud DS-230, y les posibilita a ellos y a sus dependientes mudarse a los USA.
Un jurista de inmigración EB-5 puede contribuir a exponer la solicitud DS-230. Los solicitantes de visa dan información biográfica en su solicitud DS-230. La primera parte de la solicitud se completa y muestra por el propio solicitante tanto si la segunda parte de la solicitud se completa en presencia de un cónsul de un Consulado o Embajada de USA.
La Parte 1 de la solicitud DS-230 recopila información biográfica estándar. Esta información incluye nombre, dirección, sitio y fecha de origen, estatus marital, e información parental. Los solicitantes tienen que dar además un listado de cada una de sus anteriores residencias, un historial gremial de los 10 últimos años, e información del servicio militar.
La Parte 2 de la solicitud DS-230 se completa a lo largo de una entrevista del solicitante en un Consulado o Embajada de USA. Esta parte de la solicitud se completa a través de un trabajador consular.
Puede que se necesite que el solicitante lleve a la entrevista DS-230 documentación adicional como certificados matrimoniales, certificados de origen enteros, y pasaportes. La solicitud se completa y firma tras la entrevista.
Tienen que manifestarse solicitudes del Formulario DS-230 separadas a causa de cada integrante del núcleo familiar que acompañará al inversionista EB-5 a los USA para transformarse en residentes permanentes.
¿Quién debe llenar el Formulario DS-230?
En la situación de la visa de inmigrante patrocinada por un familiar o una organización, el Formulario DS-230 debería completarlo una vez que el Centro Nacional de Visas (NVC) comunica que se proceda.
Este Formulario puede llenarlo el individuo extranjera que aspira en residir en USA, su jurista o cualquiera. Luego de saber que el Formulario DS-230, actualmente es el Formulario DS-260 sirve para pedir una visa de inmigrante que posibilite que el habitante logre vivir en los USA como residente persistente.
Terminar el Formulario DS-260 es un formulario demasiado fundamental para obtener una visa de inmigrante. Antes el solicitante tendrá que cancelar la tarifa del trámite, la porción dependerá del motivo por la que quiere:
- Si es una súplica familiar tiene un precio de al menos $325.
- Si la está solicitando por trabajo, la porción que tendrá que cancelar es de $345.
- En dado caso que se gane la rifa con la visa, tiene un costo de $330.
- Para pedidos sin patrocinador, inmigrantes especiales y residentes que retornan, tiene que cancelar $205.
- Es fundamental describir que tendrá que colmar el Formulario DS-260 por cada integrante de una familia que quiere residir en los USA, integrados chicos y bebés.
- La fecha de la entrevista en el consulado puede tardar al menos 1 y 2 meses a partir a partir del envío del formulario.
Instrucciones para llenarlo
Para colmar el Formulario DS-260 tendrá que ingresar al sitio web del Consular Electronic Application Center (CEAC), le aparecerá 2 apartados para no inmigrantes e inmigrantes.
El Formulario DS-260 es un archivo para residencia, por ende le dará clic en el apartado 260. Posteriormente en una totalmente nueva pestaña, deberá situar el número de caso y le dará continuar.
- Después deberá situar el número de invoice que son los accesos que lo dan el Departamento de Estado previo a empezar el llenado del formulario.
- Luego deberá elegir si es un aplicante, jurista, peticionario o como mánager, tendrá que situar en la barra un definido código y le dará a seguir.
- Le aparecerá el título de información personal y está dividida por 9 apartados que deberá ir abriendo. Cada apartado tiene ciertas posibilidades
- En la primera parte tendrá que situar sus apellidos y nombre como aparezca en el pasaporte, después tendrá que contestar si/no si el solicitante otro nombre o si se lo cambió.
- Elegir su sexo, situar su estado civil (casado, soltero, viudo, divorciado y legalmente separado), su fecha y sitio de origen así como sale reflejado en su pasaporte. Provincia y el territorio.
Segunda Parte
- Si tiene alguna nacionalidad tendrá que colocarla, debería tener a la mano su pasaporte y tendrá que adjuntar su número. Añadir el territorio que te emite el pasaporte, además de fecha de emisión y de vencimiento.
Tercera Parte
- Tendrá que terminar información de la dirección presente de donde vive, la metrópoli, provincia, el código postal (si no se lo sabe, puede omitirlo), el territorio.
- Dependiendo de tu año de origen, el formulario DS-260 te va a solicitar que coloque todos los meses y años, a partir que empezaste a vivir en una dirección.
- Además, tendrá que situar el número de teléfono de su vivienda, de su celular, de su trabajo, su correspondencia electrónico y poner sus redes sociales que ha usado en los últimos 5 años.
Cuarta Parte
- En este apartado se significa si usted tiene una segunda dirección a parte de la que tienes previamente, contestará Si/no. Dependiendo de la contestación que haya seleccionado se le desplegará otra información que tendrá que colmar.
- Es fundamental resaltar que la dirección que coloque, es donde le harán llegar la greencard o tarjeta de residencia.
Quinta Parte
- En esta parte le pedirá la dirección familiar, los datos de sus progenitores (nombre, apellido, fecha de origen, la localidad, provincia el territorio y si se hallan vivos), además de la dirección de cada uno.
Sexta Parte
- La sexta parte del Formulario DS-260 tendrá que terminar información dependiendo del estado civil que coloco, en dado caso que haya pues es casado, tendrá que terminar información de su mujer.
Séptima Parte
- Información de si el solicitante tiene hijos, si la contestación es afirmativa tendrá que indicar cuantos e información respectiva a ellos.
Octava Parte
- En este apartado del Formulario DS-260 tiene relación con la información de viajes a los USA antes. Primero le preguntará si en cualquier momento ha estado en hablado territorio, si la contestación es afirmativa tendrá que poner si le brindaron algún número de residencia.
Novena Parte
- Tendrá que poner información de la ocupación a que se dedica. Después le aparecerán unas cuestiones de estabilidad que tendrá que responder.
- Una vez que le dé al botón de next le aparecerá quien lo exige así sea papá, mamá, señora, hermano, etcétera. Cual elija tendrá que poner información de dicha persona.
¿Dónde debe llenarse?
Si tiene una fecha de entrevista, usted debería manifestarse en la Embajada en la fecha de su cita. Usted debería llegar quince min previo a su cita. Por favor lea sobre las limitaciones de estabilidad del Consulado que indican qué puede y no puede traer a su entrevista.
Debería traer la hoja de su cita y los documentos solicitados para la clase de visa que va a pedir. Usted va a poder ser entrevistado solo si muestra todos los documentos requeridos. Los próximos sitios web le indicarán los pasos a continuar para utilizar a una visa de inmigrante o a una visa de prometido y los documentos requeridos para su tipo de visa.
En la situación de la visa de inmigrante patrocinada por un familiar o una organización, el Formulario DS-230 debería completarlo una vez que el Centro Nacional de Visas (NVC) comunica que se proceda.
Regulaciones Federales relacionadas con el Formulario DS-230
Desde el 2 septiembre 2013, la solicitud para una visa de inmigrante, famosa anteriormente como el Formulario DS-230, se cambiará a un formato electrónico el cual es el Formulario DS-260.
Efectivo el 1 de Febrero de 2013, todas las personas que emitan visas de inmigrante en el extranjero tienen que abonar antecedente de viajar a los USA, una Tarifa de Inmigrante de USCIS por $220.00.
Solo los futuros papás adoptivos cuyos hijos permanecen ingresando a USA en sistema de huérfano o Proceso de la Haya, inmigrantes especiales iraquíes y afganos que fueron empleados por el régimen de los EE.UU, residentes que retornan, y visas K permanecen exentos de dicha nueva tarifa.
En la página web de USCIS hay información específica sobre exponer pedidos de inmigrante. Una persona con una demanda aprobada y una fecha de prioridad vigente para ser procesada (cuando aplica) es elegible para pedir una visa de inmigrante o una visa K de no inmigrante.
¡Gracias por leer!